- Principado de Asturias
El referente es la publicación de la Consejería del Principado de Asturias (Álvarez, Pérez y
Suárez, 2008)
Las competencias básicas se
contemplan también en Educación Infantil (Decreto 85/2008) y en Bachillerato
(Decreto 75/2008).
Señala el modo en que cada área
contribuye a la consecución global de las CCBB.
Toma como referente de aprendizaje los criterios de evaluación.
- Comunidad de Madrid
Incluye las competencias de forma
explícita en los niveles obligatorios y de forma implícita en los restantes.Se determina que “los criterios de evaluación establecidos en
el currículo serán referentes fundamentales para valorar el grado de
adquisición de las competencias”
- Castilla La Mancha
Incluyen una 9ª competencia:
Competencia EMOCIONAL, definida como “la
madurez que la persona demuestra en sus actuaciones,… especialmente a la
hora de resolver conflictos…”
Es una Comunidad pionera y un referente en el trabajo por
competencias.
Contemplan las CCBB en todos los
niveles del sistema educativo, desde E. Infantil hasta Bachillerato.
La norma establece que es necesario
definir un modelo de informe trimestral que describa “el nivel de competencia alcanzado por los niños y las niñas en el
desarrollo de las capacidades”
Podemos consultar el Decreto
69/2007, artículos 6 (CCBB), 13 (evaluación) y anexo específico I. Así como la Orden 4-6-2007
En
Bachillerato no sólo no desaparecen sino
que contemplan competencias COMUNES Y DE MODALIDAD, en el Real Decreto
1467/2007 (Anexo I).
- Castilla y León
Educación
Infantil: DECRETO 122/2007, de 27 de diciembre, por el que se establece el
currículo del segundo ciclo de la Educación Infantil en la Comunidad de Castilla y
León.En el que “… se propone una escuela rica en
estímulos, que atienda sus necesidades e intereses y que le dote de
competencias, destrezas, hábitos y actitudes,…”
Educación
Primaria:
·
REAL DECRETO 1513/2006, de 7 de diciembre, por el que se establecen las
enseñanzas mínimas de la
Educación Primaria. http://www.boe.es/boe/dias/2006/12/08/pdfs/A43053-43102.pdf
·
Orden EDU1045/2007 http://www.lasalina.es/juventud/Normativa/Orden%20EDU1045%20BOCyL13_06.pdf
Establece que “…las programaciones didácticas habrán de
contener la formulación de los objetivos por ciclo de cada una de las áreas y
su contribución al desarrollo de las competencias básicas”
·
ORDEN EDU/890/2009, de 20 de abril, por la que se regula el procedimiento
para garantizar el derecho del alumnado que cursa enseñanzas de educación
primaria, en centros docentes de la Comunidad de Castilla y León, a que su
dedicación, esfuerzo y rendimiento escolar sean valorados y
reconocidos con objetividad.
·
ORDEN EDU/1951/2007, de 29 de noviembre, por la que se regula la evaluación
en la educación primaria en Castilla y León .
Educación
Secundaria Obligatoria:
·
Real Decreto 1631/2006, de 29 de diciembre, por el que se establecen las
enseñanzas mínimas correspondientes a la Educación Secundaria
Obligatoria.
·
Orden EDU 1046/2007 Donde dice: “En
las distintas materias de la etapa, se prestará una atención especial al
desarrollo de las competencias básicas que los alumnos deberán haber adquirido
al finalizar la enseñanza básica” (Art. 5.4)
Bachillerato:
·
Orden 1061/2008, “Todas las materias
comunes establecidas en el artículo 6 del Decreto 42/2008, de 5 de junio,
tienen por objeto profundizar en la formación general, aumentar su madurez
intelectual y humana y profundizar en aquellas competencias que tienen carácter
más transversal y favorecen seguir aprendiendo” (Art. 6.2.a).